lunes, 22 de julio de 2013

Resultado de Aprendizaje 1.1 Elementos de las contribuciones

http://www.tesoem.edu.mx/alumnos/cuadernillos/2006.003.pdf

1.- Impuestos. Raúl Rodríguez Lobato nos define al impuesto como la prestación en dinero o en especie que establece el estado conforme a la ley, con carácter obligatorio a cargo de personas físicas y morales para cubrir el gasto público y sin que haya para ellas contraprestación o beneficio especial directo o inmediato.
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30 articulo 31 Fracción IV CPEUM 31 articuló 2º del C.F.F I. Impuestos son las contribuciones establecidas en ley que deben pagar las personas físicas y morales que se encuentran en la situación jurídica o de hecho prevista por la misma y que sean distintas de las señaladas en las fracciones II, III y IV de este Artículo. Así podemos determinar que los impuestos tienen cinco elementos básicos que son: A. - El sujeto del impuesto. En lo referente al sujeto del impuesto lo primero que debe determinarse al aplicar un gravamen es el sujeto, encontrando un sujeto principal pero también puede haber responsables solidarios, en la Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR) los sujetos principales son

a) Los residentes en México respecto de sus ingresos (incluyendo ingresos que proviene del extranjero). b) Los residentes en el extranjero con establecimiento o base fija en el país respecto de los ingresos atribuibles en México. c) Los residentes en el extranjero respecto de los ingresos procedentes de fuente de riqueza situada en territorio nacional. Para efectos Fiscales también existen los responsables solidarios que son aquellos sujetos responsables de las contribuciones pero que a su vez no son los sujetos principales. B.- El objeto del impuesto. El Objeto del gravamen se determina como aquello que se pretende gravar, en cada Ley existe un objetivo implícito ejemplo: Impuesto sobre la renta.-Grava la renta, la ganancia, la utilidad. Impuesto al Activo.-Grava el activo neto de las empresas. Impuesto al Valor Agregado.- Grava ciertos actos o actividades realizadas en territorio nacional. C. - La determinación de la base. En cuanto a determinación de la base tenemos que una vez determinado el sujeto del impuesto el contribuyente deberá determinar la base y posteriormente calcular el impuesto, es así como el contribuyente se enfrenta a la acusación misma que se dará cuando el contribuyente se encuentre en la situación jurídica o, de hecho, en la determinación del impuesto causado. Es así como los contribuyentes es a fin de cuentas determina su base para calcular su impuesto. D.- La aplicación de la tasa, tarifa o cuotas. En cuanto a la tasa, tarifa o cuota tenemos que una vez que el mismo contribuyente sujeto del impuesto se ha determinado la base para efectos del impuesto le quedara simplemente aplicar la tasa, tarifa o cuota, en su caso para conocer el impuesto causado, en el caso del impuesto sobre la renta que se aplica para personas morales o físicas tendrá una tasa única (fija) de 35%.
Por lo que se refiere a la tabla o tarifa, ésta se encuentra determinada progresivamente y varía conforme a los ingresos de cada particular, por citar un
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ejemplo, son las contenidas en los artículos 80, 80-A, 141, 141-A, de la Ley del Impuesto sobre la Renta.32
3.- Contribuciones de Mejoras. E.- La forma, medio y fecha de pago. En cuanto la forma medio y fecha de pago se establece que en la legislación deberá también definirse la forma de pago (forma oficial), así como los medios (cheques) y la fecha de pago.

4.4.
El SUJETO ACTIVO de la obligación tributaria es quien tiene facultad para exigir el cumplimiento de la obligación (Federación, Estados Y Municipios). Hay algunas
ELEMENTOS DE LAS CONTRIBUCIONES De la Garza nos define al impuesto como una prestación tributaria obligatoria ex lege, cuyo presupuesto de hecho no es una actividad del estado referida al obligado y destinada a cubrir los gastos públicos. Es por ello que se dice que el impuesto es la prestación en dinero o en especie que establece el estado conforme a la ley, con carácter obligatorio a cargo de personas físicas y morales para cubrir el gasto público y sin que haya para ellas contraprestación o beneficio especial directo o inmediato. Así podemos determinar que los impuestos tienen cinco elementos básicos que son: 1. - El sujeto del impuesto.
62 articulo 31, fracción IV CPEUM 63 artículo 9 CFF 64 PRINCIPIOS DE DERECHO TRIBUTARIO LUIS HUMBERTO DELGADILLO GUTIERREZ LIMUSA. PAG. 68
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excepciones a esta regla, pues existen sujetos activos diferentes a los antes mencionados, es decir, sujetos que tienen una personalidad jurídica distinta a la del Estado. Los sujetos activos denominados Organismos Fiscales Autónomos tienen facultades para determinar las contribuciones, dar las bases para su liquidación y llevar a cabo el procedimiento administrativo de ejecución, en algunos casos por si mismos o a través de las Oficinas Federales de Hacienda. Como ejemplos de estos organismos están IMSS, ISSSTE, INFONAVIT etc. Por tanto podemos concluir que el sujeto activo de la relación jurídica tributaria es el Estado, ya sea federación, Estado o Municipios y el distrito federal y que además puede ser un ente con personalidad jurídica propia diferente a la del Estado, como los organismos fiscales autónomos. En lo referente al sujeto del impuesto lo primero que debe determinarse al aplicar un gravamen es el sujeto, encontrando un sujeto principal pero también puede haber responsables solidarios. El SUJETO PASIVO que es la persona física o moral que tiene a su cargo el cumplimiento de la obligación en virtud de haber realizado el supuesto jurídico establecido en la norma. Nuestra legislación no hace referencia a una clasificación de sujetos pasivos, la ley simplemente distingue entre el sujeto pasivo responsable principal o directo, al que llama contribuyente y el responsable solidario, categoría que engloba cualquier otra clasificación que pudiera hacerse sobre el sujeto pasivo. El sujeto pasivo es el que responde a la categoría de contribuyente en nuestra legislación. Es quien realiza el hecho generador o quien percibe el ingreso, quien obtiene en forma directa un beneficio que incrementa su patrimonio, y en tal virtud es el obligado directo al pago de la contribución por adeudo propio. Como ejemplo de lo anterior, esta quien obtiene directamente un ingreso, como puede ser el salario, la renta de inmuebles, o quien percibe honorarios por cualquier causa.
Por lo que se refiere al SUJETO PASIVO SOLIDARIO solo puede serlo cuando la ley tributaria expresamente lo determine. La responsabilidad solidaria consiste en atribuir a persona distinta del sujeto pasivo principal la obligación de pagar la prestación fiscal cuando este no lo haya hecho, La ley precisa quienes son los
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sujetos pasivos solidarios y las hipótesis o presupuestos que dan origen a tal responsabilidad. En lo referente al sujeto del impuesto lo primero que debe determinarse al aplicar un gravamen es el sujeto, encontrando un sujeto principal pero también puede haber responsables solidarios, en la Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR) los sujetos principales son: a) Los residentes en México respecto de sus ingresos (incluyendo ingresos que proviene del extranjero). b) Los residentes en el extranjero con establecimiento o base fija en el país respecto de los ingresos atribuibles en México. c) Los residentes en el extranjero respecto de los ingresos procedentes de fuente de riqueza situada en territorio nacional. Para efectos Fiscales también existen los responsables solidarios que son aquellos sujetos responsables de las contribuciones pero que a su vez no son los sujetos principales. 2. - El objeto del impuesto. El Objeto del gravamen se determina como aquello que se pretende gravar, en cada Ley existe un objetivo implícito ejemplo:
Impuesto sobre la renta.-Grava la renta, la ganancia, la utilidad.
Impuesto sobre la renta
Objeto del impuesto Este impuesto grava los ingresos que modifiquen el patrimonio del contribuyente proveniente del producto o rendimiento del capital, del trabajo o de la combinación de ambos; grava la totalidad de ingresos acumulables que deriven de actividades comerciales, industriales, agrícolas, ganaderas o de pesca y el ingreso de las personas físicas constituido en impuesto al producto del trabajo, producto y rendimiento de capital y al ingreso de las personas físicas. Sujeto del impuesto Son sujeto de este impuesto, las personas físicas y morales en los casos que la ley señala. Impuesto al Activo.-Grava el activo neto de las empresas.
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Impuesto al activo
Objeto del impuesto El objeto del impuesto es la propiedad o posesión de activo cualquiera que sea su ubicación en el caso de los contribuyentes situados en el territorio nacional y en el caso de los contribuyentes residentes en el extranjero, así como la propiedad o posesión por éstos de inventarios en territorio nacional para su transformación o ya transformados. Tratándose de las personas que otorgan el uso o goce de bienes utilizados en el ejercicio de sus actividades por personas morales, o por personas físicas que realicen actividades empresariales, el objeto del impuesto está constituido por la propiedad o posesión de dichos bienes. Sujeto del impuesto. Deben cubrir este tributo, las personas físicas que realicen actividades empresariales y las personas morales residentes en México por el activo que tengan, cualquiera que sea su ubicación. Los residentes en el extranjero que tengan un establecimiento permanente en el país, pagan el gravamen de que se trata. Así como los residentes en el extranjero que mantengan en territorio nacional inventarios para ser transformados, o ya transformados por algún contribuyente de que este impuesto. Quienes otorgan a esas personas el uso o goce temporal de bienes utilizados en sus actividades, quedan obligados al pago del impuesto solo por el activo fijo y terrenos de los que obtengan ingresos por darlos en arrendamiento y otorgar su uso o goce temporal, por los recursos que en su carácter de condominios o fideicomisos reciban por dar en administración a un tercero inmueble destinado al hospedaje para que los utilice para alojar a otras personas. Impuesto al Valor Agregado.- Grava ciertos actos o actividades realizadas en territorio nacional.
Impuesto al valor agregado
Objeto del impuesto Se paga el gravamen al valor agregado por la enajenación de bienes, la prestación de servicios independientes, el otorgamiento del uso o goce temporal de bienes y la importación de bienes y servicios. Sujeto del impuesto El pago del impuesto al valor agregado lo pagan las personas físicas y morales que en territorio nacional realizan los actos o actividades que constituyen el objeto de impuesto. 3. - La determinación de la base.
En cuanto a determinación de la base tenemos que una vez determinado el sujeto del impuesto el contribuyente deberá determinar la base y posteriormente calcular el
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impuesto, es así como el contribuyente se enfrenta a la causación misma que se dará cuando el contribuyente se encuentre en la situación jurídica o, de hecho, en la determinación del impuesto causado. Es así como los contribuyentes es a fin de cuentas determina su base para calcular su impuesto. 4. - La aplicación de la tasa, tarifa o cuotas. En cuanto a la tasa, tarifa o cuota tenemos que una vez que el mismo contribuyente sujeto del impuesto se ha determinado la base para efectos del impuesto le quedara simplemente aplicar la tasa, tarifa o cuota, en su caso para conocer el impuesto causado, en el caso del impuesto sobre la renta que se aplica para personas morales o físicas tendrá una tasa única (fija) de 35%. Por lo que se refiere a la tabla o tarifa, ésta se encuentra determinada progresivamente y varía conforme a los ingresos de cada particular, por citar un ejemplo, son las contenidas en los artículos 80, 80-A, 141, 141-A, de la Ley del Impuesto sobre la Renta. 5. - La forma, medio y fecha de pago. En cuanto la forma medio y fecha de pago se establece que en la legislación deberá también definirse la forma de pago (forma oficial), así como los medios (cheques) y la fecha de pago. Esto también varía conforme al volumen de operaciones y regímenes fiscales, pueden ser diarias, semanales, mensuales, bimestrales, trimestrales, cuatrimestrales, semestrales y anuales. Las principales leyes fiscales en México son: Ley del Impuesto sobre la renta. Ley del impuesto al Valor Agregado. Ley del Impuesto Especial sobre la Producción de servicios. Ley del Impuesto al activo de las Empresas. Ley del Impuesto sobre Automóviles nuevos. Ley sobre Tenencia y uso de Vehículos.
OTROS ELEMENTOS DEL IMPUESTO.
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El objeto del impuesto.- Es la situación que la Ley señala como un hecho generador del crédito fiscal. Es la finalidad perseguida en toda relación tributaria. La unidad fiscal.- Es la cosa o cantidad señalada, como medida, número, peso, etc., sobre la que la Ley establece la cantidad a pagarse por concepto del impuesto. Esta unidad sirve para calcular el impuesto correspondiente. La cuota del impuesto.- Es la cantidad en dinero o en especie que se pagan por la unidad fiscal. Base del impuesto.- Es la cuantía sobre lo que se determina el impuesto a cargo del sujeto. La tarifa.- Son las listas y cuotas correspondientes para un determinado objeto tributario. Catastro fiscal.- Son las listas oficiales para determinar los sujetos, y objetos del impuesto; se le conoce como padrón fiscal.

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